Indicadores de Morosidad: ¿Google?

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Google Trends es una herramienta de que muestra los términos de búsqueda más populares del pasado reciente.

Al introducir un término, la herramienta muestra un gráfico superior que indica el volumen de búsquedas de ese término realizadas por los usuarios de y un gráfico inferior que indica el volumen de noticas indexadas con dicha palabra.

Realizando una búsqueda limitada a España de la palabra “” obtenemos el siguiente resultado:

google trends morosidad

Las búsquedas de términos que incluyen la palabra “” se han multiplicado los últimos meses, (Search Volumen Index)  así como las noticias en distintos medios que contienen dicha palabra  (News Reference Volume).

Otorgamos al indicador un simple interés anécdótico. Pero es ilustrativo del sentimiento empresarial y económico de los últimos meses.

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Solbes Relativiza la Morosidad

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Durante  la comparecencia de en el Congreso la pasada semana, el ministro reconoció que el aumento de la de los créditos en España es “realmente preocupante”, tras alcanzar en julio el 2,148%, la tasa más elevada desde junio de 1998. Sin embargo, el viceministro recurrió al contexto internacional para matizar la situación.

En este sentido, titular de apuntató que “en estos momentos la evolución en la OCDE de la es del 6% y en EEUU se ha disparado con las subprime hasta el 17%”, aunque añadió que “evidentemente es un tema preocupante”.

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Política Económica en España: Mirando como las vacas al tren.

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peseta Las Herramientas clásicas con que los Gobiernos cuentan para actuar sobre la son:

Política Fiscal: Tipos Impositivos, Gasto Público, Emisión de Deuda Pública.
Política Monetaria: Cantidad de Dinero en Circulación, .
Política Cambiaria: Precio de la divisa nacional en los mercados internacionales.

Con la adopción del Euro, en España ya no se tiene control efectivo sobre todas esas herramientas:

  1. Política Fiscal: El Gobierno aún puede actuar, pero con los límites de gasto y endeudamiento marcados por Europa.
  2. Política Monetaria: “Subcontratada” a Bruselas. Nada que hacer.
  3. Política Cambiaria: “Subcontratada” también. Nada que hacer.

Desde la llegada del Euro los sucesivos Gobiernos han sido incapaces de sustituir la pérdida de margen de maniobra en el ámbito de y tipos de cambio mediante reformas estructurales a largo plazo que otorgaran a la competitividad, productividad, etc.

En el pasado, esas herramientas con las que hoy no contamos tuvieron su protagonismo. A través de las hemerotecas comprobamos dónde el Gobierno de 1993 ponía sus empeños con el permiso de Alemania: Política Monetaria y Política Cambiaria.

Durante el último año el Gobierno se ha mostrado desconcertado, ejerciendo sólo de espectador ante acontecimientos que no alcanza a comprender: Mirando, como miran las vacas pasar el tren.

El peligro está en la estulticia: A medida que la situación empeore durante 2009, surgirá la urgencia de actuar. Ante la falta de margen en el corto plazo, aparecerán partidarios de volver al control efectivo de la Política Económica: salir del Euro y devaluar, controlar los oficiales y quién sabe qué más.

Cuando el diablo se aburre…

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Los comerciantes minoristas y la Ley de Morosidad

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Al comentar hace unos días la Ley de , pasé por alto los plazos de pago para el , que están regulados por la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del .

El art. 17 de dicha Ley 7/1996 establece los plazos de pago a los proveedores, habiéndose actualizado algunos de sus apartados por la propia Ley de , con lo que os podéis hacer una idea conforme los plazos andarán por los 30 días.

Según la Ley del , salvo que se pacte otra cosa, los comerciantes deben efectuar el pago del precio de las mercancías que compren antes de 30 días, contados desde la fecha de entrega. El comprador deberá documentar la entrega y recepción de la mercancía indicando la fecha en que se ha producido. Y el vendedor, deberá indicar en la factura la fecha exacta en que ha de efectuarse el pago, y si existiese una cláusula de (acordada con anterioridad a la entrega) también deberá quedar constancia en la factura.

En el caso de productos frescos y perecederos, los aplazamientos de pago no podrán nunca sobrepasar los 30 días. Este plazo será de 60 días para el resto de productos de alimentación y gran consumo, que podrá incluso extenderse a los 90 días si ambas partes así lo acuerdan y si dicho exceso de aplazamiento supone una compensación económica para el vendedor.

Si hablamos de productos que no son frescos, ni perecederos, ni de alimentación ni de gran consumo y existe un aplazamiento en el pago que suponga más de 60 días el vendedor deberá recibir un instrumento de pago que lleve aparejada acción cambiaria, es decir, una letra, un cheque o un pagaré. Y en la factura se deberá indicar el vencimiento del instrumento de pago. Si el aplazamiento va más allá de 90 días, la letra, el cheque o el pagaré deberá ser endosable a la orden, es decir, que el vendedor que tenga, por ejemplo, el pagaré podrá endosarlo (darlo) a un tercero para que sea este tercero quien lo cobre. Y si nos vamos más allá de los 120 días de aplazamiento del pago, el vendedor podrá exigir que los instrumentos de pago queden garantizados mediante aval bancario o seguro de crédito o caución.

En cualquiera de todos estos casos, si llegado el vencimiento del pago, éste no se produce automáticamente la deuda empezará a generar intereses de demora, que será el tipo de en operaciones comerciales (que ya tratamos en el artículo anterior sobre la Ley de ) o el que hayan pactado ambos comerciantes, aunque en ningún caso podrá ser inferior al interés legal incrementado en un 50%.

Y con esta pequeña puntualización ya sí que puedo dar por concluida la explicación de la Ley de , aunque me gustaría saber si los comerciantes minoristas exigen realmente que se cumplan estos requisitos (plazos de pago, pedir los cheques o pagarés endosables, solicitar avales bancarios, etc.). Así que os animo a que nos contéis vuestras experiencias (Gracias de antemano) y así podremos saber de primera mano la verdadera operativa de los comerciantes, que muchas veces dista mucho de lo que se dice en papel.

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Informes Comerciales: El Informe Axesor

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Dentro de los distintos informes de sociedades ofrecidos por , el informe que lleva su nombre es sin duda el más completo quee contiene todo lo que se necesita para trabajar de forma segura con otras empresas: información comercial, mercantil, económica, financiera, judicial y oficial; un análisis personalizado de su competencia, y un amplio apartado estratégico.

Su utilidad está en que nos permitirá conocer la estructura y evolución de cualquier empresa, evaluar el riesgo financiero y mercantil, comparándola con su sector, y así poder tomar decisiones de negocio.

El informe proporciona, a su vez, añade un Análisis Personalizado de su competencia directa, junto con un plus de Información de carácter estratégico referente a Vinculaciones Societarias, Bancos y Cajas, Proveedores, Clientes y otros campos o secciones investigadas de la Sociedad.

¿Qué datos voy a obtener del Informe ?

  • Resumen Ejecutivo
  • Detalle de Actividad
  • Predicción de Riesgo y Calificación de Crédito
  • Incidencias Judiciales y Administrativas
  • Balance y Cuenta de Resultados
  • Depósito de Cuentas
  • Información Mercantil
  • Órganos Sociales y Directivos
  • Información Investigada y Estratégica
  • Composición y evolución del Capital Social
  • Diagnóstico Económico - Financiero
  • Clientes y Proveedores
  • Fuentes de Financiación
  • Lista de Marcas
  • Concursos y subastas públicas adjudicadas
  • Subvenciones y Ayudas Concedidas
  • Noticias en prensa publicadas en Diarios y Revistas

Resumen de su contenido.
Ejemplo de Informe.

cuenta con varias modalidades de contratación muy flexibles para poder acceder a dichos informes. Más información en www.axesor.es .

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El 98% de las empresas prevé un aumento de la morosidad

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Según el último Barómetro de Empresas de Deloitte & Touche (que recoge las impresiones de las 280 principales empresas españolas sobre las espectativas futuras del panorama económico, financiero y emrpesarial español) el 97,8% de las empresas cree que la en España aumentará a lo largo de lo que queda de año.

Si ampliamos un poco el enfoque, veremos que el resto de aspectos económicos tampoco se preveen que sean muy buenos… bueno, ni siqueira buenos. El 95% de estas empresas estiman que la situación económica ha empeorado (no se como pueden haber 14 empresas que piensen que no ha empeorado… ¿habrá quizá alguna que piense que estamos incluso mejor?).

Para el segundo semestre de 2008 el 93,5% de las empresas cree que la situación seguirá empeorando y un  alarmante 0,9% prevé que mejorará. Imagino que este 0,9% estará dentro de la desviación que tiene toda estadística, por que si no, sinceramente, no lo puedo entender.

Entre la evolución prevista de los principales datos macroeconómicos (que podemos apreciar en el gráfico de arriba) las empresas creen que la mayoría seguirán empeorando, situándo en la cabeza de los empeoramientos los siguientes: Matriculación de vehículos (lo creen casi todos, el 99,6%), edificación residencial (vamos, viviendas, con el 99,2%), la en el sector bancario (97,6%) y la tasa de (97,5%).

Yo personalmente, y discrepando de algún que otro miembro del Gobierno, estoy totalmente de acuerdo con esta visión del Barómeto de Empresas para el segundo semetre de 2008… la situación es mala y pinta peor. Aunque siempre hay gente que lo ve todo muy positivo, muy bien y perfecto tal y como está todo. ¿Eres tú uno de esos?

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Morosidad de 2008 en cifras absolutas

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morosidad en españa 2008

Si observamos las tasas de actuales, estamos aun lejos de los niveles del año 1993 cuando se llegó casi al 9% de créditos . Ahora bien, dada la expansión del crédito de los últimos años, hacen que los niveles actuales supongan una bolsa de mora muy superior a la de hace 15 años.

En 1993 la ascendía a casi 25.000 millones de euros con una tasa del 9%. En julio de 2008, ha alcanzado la cifra de 40.800 millones de euros con una tasas del 2,1%.

Si llegamos en 2009 a una tasa del 5%, como algunos comienzan a pronosticar, supondría una masa de mora en España de cerca de 100.000 millones de euros. Y con esa joya en el balance, los bancos y cajas españoles andarán por el mundo pidiendo quien les financie.

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¿Habías invertido en Lehman Brothers?

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Lehman BrothersHoy quisiera hacerme eco de un documento que ha publicado la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) a cerca de la de , ya que parece ser que su Oficina de Atención al Inversor se está desbordando con preguntas de inversores preocupados que tenían parte de sus ahorros en activos de este banco de Inversión.

A continuación os resumo el documento (para verlo íntegramente pincha aquí).

¿Están cubiertas mis inversiones en por algún sistema de indemnización de los inversores? Las inversiones realizadas en instrumentos financieros emitidos o garantizados por no están cubiertas por el Fondo de Garantía de Inversiones (FOGAIN). Este sistema protege al inversor frente a las posibles insolvencias de los intermediarios pero no alcanza a las pérdidas de valor de la propia inversión o cualquier riesgo de crédito inherente a los valores.

¿Cuál es la posibilidad de venta/amortización o recuperación de estos instrumentos financieros antes del vencimiento? Dependerá de las condiciones particulares de cada producto, del mercado en que se negocie y de la legislación del país de origen del emisor o del garante de éstos. En este caso, puede obtener información en la página web de la SEC (Secuties Exchange Commission, la CNMV americana).

¿Dónde puedo obtener información del desarrollo del proceso de y de los pasos a seguir como afectado? En  la entidad financiera a través de la que adquirió el producto, o en su caso, al depositario de los instrumentos financieros.

¿Cómo afecta la situación de a la inversión de fondos españoles? En una nota publicada por la CNMV se trataba este tema, y según indicaban, los fondos de inversión españoles habían invertido 300 millones de euros en , un 0,13% del total de las inversiones, con lo que su impacto no será muy grave. En el siguiente informe periódico los fondos afectados deberán comunicar el impacto en la posición global del fondo.

Por cierto, respondiendo a la pregunta del título, yo no, y espero que tú tampoco.

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Consecuencias de los créditos fallidos

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Las incobrables provocan un serio daño económico a las empresas.

Los problemas de cobro provocan el cierre y desaparición de miles de empresas afectadas por los créditos fallidos. Sobre todo son las pequeñas y medianas empresas las que pueden desaparecer por culpa de los problemas de cobranza, puesto que un quebranto de cierta magnitud o varios fallidos de importe medio, pueden provocar la quiebra a una pequeña empresa, mientras que una empresa más grande puede superar la situación gracias a disponer de mayores recursos económicos. Mientras las grandes empresas son capaces de absorber los costes producidos por los incobrables, los negocios más pequeños pueden verse obligados a cesar en sus actividades.

Los créditos fallidos suponen para las empresas un esfuerzo adicional de ventas si quieren compensar las pérdidas económicas de los . Por ejemplo una empresa que obtenga un 10% de margen de contribución con la venta de sus productos, y tenga unas pérdidas por operaciones incobrables del 1,2%, deberá realizar un giro comercial suplementario del 12% de su facturación para compensar el quebranto provocado por los fallidos. En caso de que los incobrables llegasen al 2% de las ventas totales, el giro suplementario debería de ser del 20%.

Para las empresas con pedidos medios de bajo importe, supone un esfuerzo añadido, por ejemplo una empresa que tenga una facturación de 150 millones de euros, obteniendo un margen de contribución del 10% en cada venta, y que tenga unas pérdidas por operaciones incobrables del 0,7% (sobre el total de sus ventas), si su pedido medio es de 2.500 euros, necesitará hacer 4.200 pedidos suplementarios para compensar las pérdidas producidas por los créditos incobrables. En la coyuntura actual que ha provocado una bajada de las ventas a la mayoría de las empresas y también de sus márgenes comerciales, va a ser muy difícil para los negocios compensar los fallidos con ventas suplementarias.

Vamos a ver un ejemplo para comprobar la importancia que tiene un incobrable para la cuenta de resultados. Si la empresa que obtiene un margen del 5% de beneficio en la venta de sus productos, tiene un de 10.000 euros provocado por el impago definitivo de una factura, en su contabilidad se refleja una pérdida de 10.000 euros, aunque la pérdida directa que se le produce es de 9.500 euros y el lucro cesante es de 500 euros. Por lo tanto–dejando fuera del cómputo el coste de financiación de la operación para simplificar el cálculo– el ha supuesto perder el beneficio acumulado de 200.000 euros de ventas realizadas por la compañía, o dicho de otro modo el incobrable ha matado un volumen de ventas “buenas” por un monto de 200.000 euros.

     Cuadro de ventas esterilizadas con un incobrable:

     Importe (euros): 10.000

     Margen de beneficio: 5%

     Margen de beneficio (euros): 500

     Pérdida directa (euros): 9.500

     Volumen de ventas que ha esterilizado el (euros): 200.000 (10.000 / 5%)

Consecuentemente si la empresa tiene un de 10.000 euros, ha supuesto perder el beneficio acumulado de una facturación por importe de 200.000 euros. Ahora bien, si el departamento de cobros consigue recuperar dicho impagado, habrá salvado de la quema, ventas por valor de 200.000 euros. Por consiguiente cuando menor sea el margen de beneficio que obtenga una empresa con la venta de sus productos y mayor sea el importe del crédito incobrable, más fuerte será el impacto para la empresa en términos de importe de ventas esterilizadas.

Tal y como se desprende de lo expuesto, el cobro de es una actividad vital en estos momentos para las empresas españolas y ante cualquier impago, el acreedor debe iniciar enseguida las gestiones de ya que el paso del tiempo deteriora muy rápidamente la cobrabilidad de una deuda comercial y aumenta las posibilidades de que el impagado se convierta en un crédito . Sin embargo en España, por motivos culturales, todavía nos da corte cobrar, puesto que persiste una cierta vergüenza a la hora de reclamar al moroso el pago de una factura. A mucha gente no le parece elegante hablar de cuestiones de dinero y menos exigir el pago de una deuda. Al revés de lo que sucede por ejemplo en los países anglosajones, en los que se ha desarrollado una fuerte cultura del cobro, y donde reclamar una deuda se considera algo tan natural como ofrecer un nuevo producto a los clientes, en España no existe aún una verdadera cultura empresarial de cobros. Estos condicionantes tan propicios para los , incluso llevan a situaciones perversamente absurdas, en las que el deudor se hace el ofendido cuando el legítimo acreedor le solicita el pago de la factura vencida hace muchos días, y el representante del acreedor acaba pidiendo disculpas al moroso por las molestias ocasionadas y por haber dudado de su honorabilidad.

Artículo escrito por: Pere J. Brachfield, profesor de EAE Business School, director del Centro de Estudios de Morosología y autor de Memorias de un Cazador de .

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