Agencias de Calificación: El proceso de Rating

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La metodología para asignar rating a las emisiones de deuda  de las es sencilla. El proceso inicial proporciona la base para la producción periódica de informes detallados sobre la calidad crediticia de una compañía .

Después de haber asignado el rating por primera vez, el proceso para mantener el rating actualizado no es complejo si la comunicación con la empresa es fluida y continua.

El proceso de asignación de un rating

El proceso de asignación inicial de un rating tiene el objetivo de proporcionar a la agencia de calificación una base sólida para poder determinar el rating crediticio. La intención de la agencia de calificación es obtener una buena comprensión no sólo de los principales aspectos de la calidad crediticia de una compañía, sino también de los objetivos operativos, financieros y estratégicos de la compañía.
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Video: Evalúa el riesgo de una empresa en 90 segundos

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Los informes comerciales son fuente de información sobre la situación patrimonial (Balance) y económica (Cuenta de Resultados) de una empresa. Tan importante como estos datos es la información cualitativa, que es esencial para una correcta valoración del asociado a la empresa analizada.

De un golpe de vista, se obtienen conclusiones muy relevantes:

Puedes completar la información del Video leyendo el post Evalúa el Riesgo de un Cliente en 90 segundos

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Los Informes Comerciales, clave para minimizar el riesgo de impago en las empresas

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El primer paso a la hora de hacer negocios es conocer con quien se hacen. Esta necesidad no es nueva. Sin embargo, la llegada de Internet a las y el proceso de globalización de la economía ha supuesto una revolución en la necesidad y el acceso a la información.

Hasta hace apenas 10 años, la información de calidad estaba reservada a grandes con presupuesto y estructura suficiente para tratarla. Se ponían en marcha costosas investigaciones ante una operación comercial. Dichas investigaciones podían tardar semanas en concluirse.

Hoy en dia la existencia de bases de datos plenamente actualizadas permiten que cualquier pueda acceder a la misma información sobre un cliente que una gran empresa y a un coste realmente competitivo, dado que el precio de generar la información se puede repartir entre todos los interesados en consumirla. El crecimiento del mercado de información comercial gracias a la llegada de Internet ha permitido reducir drásticamente el precio que un cliente final paga por ella.
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Contratos con la Administración: El Seguro de Caución

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El es un contrato de garantía por el cual la compañía asegurada resarcirá al beneficiario en caso de que el tomador del seguro no cumpla sus obligaciones contraídas entre ambas partes.

El artículo 68 de Ley 50/1980, de 8 de octubre, del Contrato de Seguro establece que “por el el asegurador se obliga, en caso de incumplimiento por el tomador del seguro de sus obligaciones legales o contractuales, a indemnizar al asegurado a título de resarcimiento o penalidad los daños patrimoniales sufridos, dentro de los límites establecidos en la Ley o en el contrato. Todo pago hecho por el asegurador deberá serle reembolsado por el tomador del seguro.”

El normalmente es necesario en caso de que trabajen o firmen contratos con administraciones públicas, con extranjeras (tanto si exportamos como si importamos), y en general cualquier empresa que mediante un contrato de compraventa de bienes o servicios contraiga una serie de responsabilidades frente a terceras partes.

En el la empresa contratante (o compradora) sería el beneficiario o asegurado del seguro y la tercera parte (el vendedor o suministrador) sería el tomador del .

Por tanto, cuando una empresa A solicita la ejecución de una infraestructura a la empresa B, esta empresa A podrá exigir a la empresa B una caución que le garantice el cumplimiento de las obligaciones (construcción de una nave, de una carretera, etc.) que la empresa B se compromete a cumplir mediante la firma del contrato. Entonces, la empresa B acudirá a una compañía aseguradora y tomará un , donde el beneficiario será la empresa A, y por el importe que ambas hayan acordado.

Mediante este la compañía aseguradora garantiza al asegurado que el tomador del cumplirá con las obligaciones contraídas y, en caso contrario, será la compañía aseguradora compensará al beneficiario por dicho incumplimiento abonándole el importe indicado en la póliza del . Es decir, si el tomador tenía que hacer una carretera y no la hace, la compañía aseguradora compensará al asegurado pagándole la cantidad de euros estipulados en la póliza de y, posteriormente, la aseguradora podrá reclamar al tomador las cantidades que haya tenido que pagar. Es decir, el tomador “no se libra de pagar”, pero el beneficiario sí se asegura una compensación en caso de incumplimiento de contrato.

El , por consiguiente, está ligado a los daños patrimoniales, es decir, si un ayuntamiento contrata a una empresa para hacer una carretera y la empresa no la hace, la aseguradora no puede terminar la carretera, pero sí compensará económicamente al ayuntamiento por los daños y perjuicios que la no realización de la carretera supone.

Prácticamente todas las compañías de seguros disponen de una rama dedicada exclusivamente al , por lo que su contratación es sencilla (siempre y cuando tu calificación crediticia y tu solvencia te permita contratarlo, claro).

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Informes Comerciales: ¿Quién se ha interesado por mi empresa?

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Axesor, como empresa dedicada a la elaboración de informes de sociedades, cuenta con decenas de miles de clientes en España. Estos clientes acceden diariamente a sus bases de datos para consultar información de sociedades de su interés. Las razones por las que una empresa se interesa por otra suelen estar motivadas por la gestión de riesgos comerciales y de impago.
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Registro de Vechículos: El Informe de la Dirección General Tráfico

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La Dirección General de Tráfico gestiona un Registro con información sobre todos los vehículos matriculados en España. El acceso a dicho registro es público.

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El Servicio de Indices de la Propiedad

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Para los casos en los que se dispone de poca o nula información sobre una persona, empresa o deudor, es conveniente utilizar el servicio  de Indices de la Propiedad, que permite conocer si una persona física o jurídica tiene alguna propiedad o derecho (hipotecas, servidumbres y resoluciones judiciales o administrativas) sobre bienes inmuebles.

Sólo es necesario aportar el nombre y NIF/ CIF de la persona de su interés. Este servicio es de gran utilidad  cuando no se conozcan los datos concretos de las propiedades que tiene una persona o, cuando no se sepa si tiene algún bien a su nombre, como paso previo a la solicitud de la nota simple que aportará información detallada sobre un inmueble concreto como se explicó en este post.

Axesor presta este servicio a sus clientes a través de Internet y su precio es de 9,95€.

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Descubre cómo y qué información obtener del Registro Mercantil

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Toda la información contenida en el es pública, tal y como queda recogida en la legislación mercantil e hipotecaria y sobre la protección de datos. Cualquier persona puede solicitar información sobre cualquier empresa, tenga relación o no con ella. Es decir, la simple curiosidad es suficiente para consultar los datos de una empresa.

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Adiós al BORME en Papel

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El pasado mes de noviembre comentamos la publicación en el BOE del Real Decreto que acababa con la edición en papel del Boletón Oficial del Registro Mercantil.

Dicho Real Decreto ha entrado en vigor el pasado 1 de Enero de 2009. Para las dedicadas a la recopilación y tratamiento de información de sociedades, el es una fuente esencial de información. Por ello, este cambio tiene un impacto muy importante en la forma que se trata la información. A partir de ahora el sólo será accesible a través de Internet, lo cual facitilará su tratamiento.

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El BORME se desmaterializa

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Ayer se publicó en el BOE el Real Decreto 1979/2008, de 28 de noviembre, por el que se regula la edición electrónica del “Boletín Oficial del Registro Mercantil” (), y por el cual, el pasa a ser digital, desapareciendo su versión en papel. Pero, ¿sabemos qué es el ? Por si no lo sabes o no lo tienes claro, aquí va una pequeña explicación.
El es un instrumento de publicidad mercantil que recogerá toda la información relevante sobre cualquier sociedad mercantil. Básicamente el se nutrirá del propio Boletín Oficial del Estado (BOE) y de los Registros Mercantiles Provinciales y Central.
El se divide en dos secciones:

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Concurso de Acreedores, Suspensión de Pagos y Quiebra

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axesor concurso de acreedoresHay un apartado en los informes axesor que se muestra la información de cualquier empresa relativa a Concursos y Quiebras.

Dicho epígrafe muestra las incidencias publicadas que se declaran a nombre de la Empresa o del Autónomo en estado de Concurso conforme a la Ley Concursal 22/2003. No obstante, de los procedimientos anteriores también se dispone de  información del histórico de incidencias publicadas en los últimos 6 años y de aquellas que puedan estar tramitándose aún con la antigua legislación.

Veamos qué diferencias existen entre estas tres figuras dentro de los informes:

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Radiografía Financiera del Atlético de Madrid

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analisis financiero atletico de madridLos Informes Axesor son los más completos que nos proporciona la empresa especializada axesor (y yo diría de los más completos que se pueden encontrar en el mercado). En estos informes podemos encontrar toda la información sobre cualquier empresa de España. Incluidas las Sociedades Anónimas Deportivas.

Esta semana hemos tenido acceso al informe del Club Atlético de Madrid, SAD, un exhaustivo informe de 29 páginas que nos desgranan todos los ámbitos del querido y sufrido “Atleti”.

Me voy a servir de los datos del informe para realizar un análisis de su situación financiera… a ver qué nos encontramos:

La situación económico financiera del Atlético de Madrid no parece ser excesivamente buena, aunque tampoco es como preocuparse en exceso, pero sí para estar vigilantes.

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