Mar 02
La regulación por ley de la actividad de recobro de deudas en España es una demanda de los profesionales del sector que pretenden evitar intrusismo de profesionales de la coacción y fomentar el trabajo ético y con resultados.
El recobro de deudas sufre en España un vacío legal que causa sorpresa en paises donde la actividad está perfectamente regulada: Mallory Megan es una profesional que trabaja para un agencia de recobro en Nueva York. Recientemente, ha escrito un post en su blog sobre su visión de las empresas de recobro españolas titulado “Spanish Debt Collection Agency Humiliates Debtors Into Paying Up” o “Empresa de recobro española humilla a los deudores“, donde comenta las técnicas intimidatorias de ciertas empresas de recobro españolas, como realizar llamadas humillantes a toda una lista de invitados de boda para cobrar una deuda a una pareja de recién casados.
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Feb 22
En varias ocasiones hemos hablado sobre las cartas como herramientas de recobro y reclamación de deudas. La carta de reclamación puede ser siempre el primer paso en nuestro ciclo de recobro. Si el volumen de reclamaciones es considerable, la empresa puede plantearse la externalización de este servicio.
La Asociación Española de Financieros y Tesoreros de Empresa (ASSET) organiza junto con la empresa ESKER el próximo mes de marzo, en Madrid y Barcelona, un seminario bajo el nombre: “Acelerar el proceso de Reclamaciones de Deuda“, en el que se propodrán la inclusión de mejoras tecnológicas al proceso de recobro mediante la externalización de los envíos postales.
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Ene 15
España es el único país de la Unión Europea donde falta una normativa para el sector de la gestión de cobros de deudas, lo que ha permitido la aparición de las gestoras de cobro que en ocasiones incumplen la legislación vigente y tratan de forma vejatoria al deudor. Esta falta de regulación y la necesidad de profesionalizar la actividad, han motivado la reciente creación de la Asociación Española Profesional de Gestores de Cobro, AEPGC.
AEPGC es una entidad sin ánimo de lucro fundada por los expertos Pepe Oriola y Pere Brachfield, y cuyo objetivo es proteger y fomentar el ejercicio ético y legal de una profesión aún no “profesionalizada”: la gestión de cobros de deudas.
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May 21
Las facturas pendientes de pago durante una situación concursal dan lugar a que el acreedor repercute los IVAs no cobrados y el deudor se los deduce, no habiéndolo pagado. Hace ya meses tratamos el asunto en este post.
Conviene retomarlo después de leer el blog de Antonio Esteban donde explica cómo abordar el problema de forma clara. Aunque la Agencia Tributaria no lo pone especialmente fácil.
En resumen, existen dos opciones de tratamiento del IVA repercutido a una empresa concursada:
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Abr 27
Una de las primeras cosas claras que hay que tener a la hora de tratar con morosos es que no todos los morosos son iguales. Por tanto, a la hora de realizar las pertinentes gestiones de recobro no habrá que tratarlos a todos por igual ni habrá que realizar las mismas acciones.
No es lo mismo reclamar el pago de 100 euros que de 100.000. No es lo mismo un cliente de nuestra misma ciudad que un cliente de la otra punta del país. No es lo mismo un cliente que es la primera vez que nos impaga, que uno reincidente. Y no es lo mismo un cliente “de toda la vida” que un cliente nuevo o relativamente nuevo.
Las acciones básicas para reclamar una deuda extrajudicialmente son:
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Abr 22
En un estudio reciente del Consejo Superior de las Cámaras de Comercio españolas, al cual aludíamos en un artículo anterior, me sorprendía que un gran número de empresas españolas desconoce lo que es el factoring y el confirming. De hecho, muchos empresarios confunden ambos términos o se creen que son lo mismo.
Y nada más lejos de la realidad. Uno sirve para pagar y otro para cobrar. No voy a entrar en un análisis pormenorizado de la mecánica de cada uno de ellos (ya lo hice en dos artículos anteriores: Confirming; Factoring), pero sí quiero hacer un enfoque más práctico o realista de lo que supone tenerlos nosotros o que los tengan nuestros clientes y/o proveedores.
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Mar 31

Uno de los aspectos más importantes a la hora de reclamar cualquier deuda o impago que tengamos es contar con aquellas pruebas documentales que certifiquen que, efectivamente, un cliente nos debe dinero.
Por lo tanto, siempre habrá que guardar toda la documentación relativa a cada transacción y, en la medida de lo posible, siempre habrá que plasmar la operación en papel en todos sus términos. Eso de “no hace falta que lo pongas, ya te digo yo que lo haré así” no debe llevarse en los negocios. Si un cliente se compromete a pagar dentro de 2 meses mediante un cheque bancario, pues que se especifique así en la factura, en el contrato, etc.
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Mar 25

La regulación del sector de Recuperación de Impagados es vital. Pero sería un error basar la regulación en únicamente ofrecer garantías al deudor. El deudor ya parte con una ventaja, puesto que es quien ha incumplido una obligación.
La regulación del sector no debería reducir la capacidad de intervención del acreedor siempre que esta se encuadre dentro del marco legal.
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Mar 09

Antes de analizar qué hacer con los deudores, hay que dejar claro que el problema del moroso no está en gestor profesional de recobro. La mayoría de los deudores empresariales están pasando un bache y trabajan activamente con los responsables de recobro para intentar solucionarlo de forma amistosa.
Todos los días escuchamos o leemos los datos sobre la morosidad en España, sobre el aumento de los impagos, la popularidad de los concursos de acreedores, etc. Y muchos nos preguntamos, ¿hay una vacuna contra todo esto?
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Feb 05

EMBARGAR: “Retener, en virtud de mandamiento judicial, un bien que queda sujeto a las resultas de un procedimiento o juicio.” DRAE
El objetivo final del embargo es poder convertir en dinero lo embargado. O conseguir el pago del deudor, motivado por esta acción.
Es frecuente el embargo de bienes o emolumentos que más que solucionar, nos alejan de nuestro objetivo, puesto que, en ocasiones, convertir los bienes embargados en dinero efectivo, no es nada fácil: máquinas invendibles o inservibles, equipos informáticos desactualizados, vehículos obsoletos o ilocalizados, mobiliario deteriorado, porcentajes de salarios que hacen interminable el cobro, etc.
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Ene 23

De igual forma que aumenta el número de impagados a gestionar por las Agencias de Recobro, aumenta el número de aquellos deudores para los que aplicar métodos indirectos o administrativos no es efectivo.
Una vez concluidas las primeras gestiones, cartas, llamadas o avisos de acciones judiciales, ¿qué hacemos? Podemos esperar a que:
- El deudor tenga un buen día y nos llame para pagar.
- El deudor se acomode en su posición de incumplimiento.
O bien podemos:
- Cambiar de negociador por 5ª vez para desmotivar a otro profesional.
- Devolver el expediente por no disponer de otras alternativas.
La productividad se puede aumentar fácilmente, pero controlando de forma exhaustiva los costes originados y la proporción que representan.
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Ene 14

Durante un proceso de recobro, conocer el motivo de impago de una deuda facilita el análisis y aporta seguridad y eficacia a la transmisión de nuestro mensaje. Conocer porqué el cliente no paga es una fase elemental en todo proceso de negociación de recuperación de impagados.
El gráfico adjunto da una visión organizada de las razones que han llevado a decidir a un deudor a no pagar. Según mi propia experiencia de 11 años, pocos son los que no adoptaron algunas de estas actitudes en algún momento de la negociación. (click para ver en tamaño completo)
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