Los Ayuntamientos tardan más de ocho meses en pagar a sus proveedores

Aselip es la Asociacion de Empresas de Limpieza Pública, la patronal de las empresas del sector, que trabajan para más de 3.500 ayuntamientos españoles. Su presidente ha manifestado recientemente que los contratistas están tardando “en torno a los ocho meses y medio” en cobrar. A principios de 2008 dicho plazo estaba en torno a los seis meses, lo que supone un incremento de los plazos de casi el 50%.

Tradicionalmentelas administraciones públicas han sido mal pagadoras en cuestiones relacionadas con la limpieza viaria, conservación y riegos en vías públicas. (vease la Hemeroteca del año 1996)

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Las deudas siguen y siguen creciendo

Hoy ha publicado el Instituto Nacional de Estadística (INE) las cifras de los efectos de comercio impagados del mes de octubre, y como se esperaba siguen en aumento. El número de efectos impagados sigue subiendo al mismo ritmo que los últimos meses, pero lo más llamativo es el importe de los mismos, que ha superado con creces los dos mil millones hasta superar los 2.300 millones de euros, lo que supone una media de 3.464 euros por efecto, que se dice pronto.
Cada vez más efectos son impagados y cada vez el importe de los mismos es mayor, lo que supone que cada vez más las empresas dejan de cobrar más dinero.

Vacúnate contra los morosos con un seguro de crédito

Una de las formas que una empresa tiene de crecer es facilitar el pago a sus clientes, no sólo aceptando diversas formas de pago, sino también ofreciendo un aplazamiento en el mismo, es decir, vendiendo a crédito.

La venta a crédito puede suponer una ventaja a la hora de conseguir nuevos clientes, pero también conlleva un riesgo importante, el riesgo de impago (o riesgo de crédito o riesgo comercial, como quieras llamarlo). Este riesgo simplemente es la posibilidad de que el cliente no te pague cuando llegue la fecha pactada.

Y este riesgo se está multiplicando en los últimos meses y está llevando a muchas empresas a la quiebra.
Pero ¿qué pueden hacer las pymes? ¿Cómo pueden saber si un cliente tiene solvencia suficiente? ¿Cómo pueden cubrirse ante este riesgo?

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La Crisis Inmobiliaria Contagia a Otros Sectores

El 56% de las empresas españolas declaradas en concurso de acreedores en 2008 son consecuencia directa de la crisis del sector de la construcción. Esta es una de las principales conclusiones del informe sobre la evolución de los procesos en España durante los últimos tres años. Pero la fuerte de crisis inmobiliaria comienza a dañar otros sectores de la economía.

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Los Embargos en España se Disparan

embargo españa 2008Un nuevo informe muestra el crecimiento desbocado de los embargos a empresas en España durante 2008.

Durante los diez primeros meses de 2008, los  embargos ha crecido un 11% respecto al mismo período de 2007: de 95.584 embargos en toda España a 106.474.

Por comunidades autónomas, sorprenden el País Vasco, con un incremento del 51%, y Baleares, con un incremento del 50% en el número de embargos.

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El alarmante crecimiento de la morosidad es cada vez más alarmante

Los últimos datos publicados por el Banco de España sobre los créditos concedidos, los créditos dudosos (es decir, que no se saben si se van a recuperar y que son los que se tienen en cuenta para calcular la ratio de morosidad) y los créditos impagados confirman la tendencia alcista de la morosidad en España, que en septiembre se ha situado en el 2,637%, y la tendencia es que siga subiendo.

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Nuevo Informe Comercial para Dinamizar el Sector de la Construcción

crisis inmobiliaria Se presenta el nuevo Informe de Constructoras, que permitirá valorar el riesgo comercial específico de las empresas del sector, adecuándose al ciclo económico actual.

El incremento de los impagos sufrido en 2008 en las operaciones comerciales a crédito entre empresas españolas ha sido especialmente virulento en el sector de la construcción (un 40% sobre el total), además, las previsiones sobre la evolución de la morosidad en este sector, al ser usuario intensivo de financiación ajena, indican un empeoramiento por la crisis financiera actual.

Se ha elaborado el Informe de Constructoras, cuyo fundamento principal es determinar la capacidad que tiene un cliente para devolver la deuda a su vencimiento, solucionando así el binomio riesgo-negocio.

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Grupo LICO: El Recobro de Impagos en las Cajas

recobro amistosoEl área de recobro del Grupo LICO o Lico Corporación, será de las pocas empresas en España que aumenten su actividad de forma espectacular. El Grupo LICO es un conglomerado cuyos accionistas mayoritarios y principales clientes son Cajas de Ahorro.

LICO es utilizado por entidades financieras y grandes empresas como outsourcing en áreas diversas, entre ellas la Recuperación de Impagos. Es líder en España en el sector de recobro. Cuenta con más de 800 empleados sólo en esa área.

Durante 2007 LICO gestionó cerca de 1,9 millones de expedientes de morosidad por importe de 2.200 millones de euros. Las recuperaciones en gestión amistosa ascendieron a 782 millones de euros.  LICO Recobros ingresó 52 millones de euros por este concepto. Gran parte de estos ingresos están vinculados al éxito de la gestión de recobro.  Durante 2008 ya ha alcanzado los 1.000 millones en recuperaciones.

No hemos encontrado en el informe de gestión de 2007 qué cifra se recuperó por vía judicial o no amistosa. Pero es relevante que sólo el 35% de la morosidad bancaria se recupera de forma amistosa y prejudicial. Un porcentaje que es muy positivo desde el punto de vista de eficiencia empresarial, pero preocupante debido al posible impacto en la economía del 65% restante .

Si tomamos como premisa los ratios de LICO, aplicados a toda la banca, la morosidad de dificil cobro puede suponer más de 100.000 millones de euros en 2009.

La peor parte de esa bolsa de morosidad de difícil cobro se la llevarán las Cajas. Sus obligaciones de vencimientos de deuda son muy elevados para 2009. Ya  tienen grandes dificultades para refinanciar su propia deuda y sus ingresos se verán mermados por esa gran masa de morosidad (65%) que no se recuperará en el corto plazo.

Esperaremos al informe de gestión de LICO correspondiente al año 2008. Por lo pronto, podemos ir consultando algún dato provisional correspondiente a 2008 en la web del área de recuperación de impagos.

El Juego de los Morosos

Desde Prensa Ibérica nos han hecho llegar la infografía adjunta: Hoja de ruta de recuperación de impagados para cualquier entidad bancaria. Si para los bancos -profesionales de la gestión de riesgos- parece un suplicio la recuperación del dinero prestado, imagínense lo que supondrá para el emprendedor PYME.

Indicadores de Morosidad: ¿Google?

Google Trends es una herramienta de Google que muestra los términos de búsqueda más populares del pasado reciente.

Al introducir un término, la herramienta muestra un gráfico superior que indica el volumen de búsquedas de ese término realizadas por los usuarios de google y un gráfico inferior que indica el volumen de noticias indexadas con dicha palabra.

Realizando una búsqueda limitada a España de la palabra “morosidad” obtenemos el siguiente resultado:

google trends morosidad

Las búsquedas de términos que incluyen la palabra “morosidad” se han multiplicado los últimos meses, (Search Volumen Index)  así como las noticias en distintos medios que contienen dicha palabra  (News Reference Volume).

Otorgamos al indicador un simple interés anecdótico. Pero es ilustrativo del sentimiento empresarial y económico de los últimos meses.

Google ofrece diferentes herramientas de análisis como Google Trends, Adwords, Adsense y también ofrece cursos de formación de Marketing digital.

Solbes Relativiza la Morosidad

Durante  la comparecencia de Solbes en el Congreso la pasada semana, el ministro reconoció que el aumento de la morosidad de los créditos en España es “realmente preocupante”, tras alcanzar en julio el 2,148%, la tasa más elevada desde junio de 1998. Sin embargo, el viceministro recurrió al contexto internacional para matizar la situación.

En este sentido, titular de Economía apuntató que “en estos momentos la evolución en la OCDE de la morosidad es del 6% y en EEUU se ha disparado con las subprime hasta el 17%”, aunque añadió que “evidentemente es un tema preocupante”.

Los comerciantes minoristas y la Ley de Morosidad

Al comentar hace unos días la Ley de Morosidad, pasé por alto los plazos de pago para el comercio minorista, que están regulados por la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista.

El art. 17 de dicha Ley 7/1996 establece los plazos de pago a los proveedores, habiéndose actualizado algunos de sus apartados por la propia Ley de Morosidad, con lo que os podéis hacer una idea conforme los plazos andarán por los 30 días.

Según la Ley del Comercio Minorista, salvo que se pacte otra cosa, los comerciantes deben efectuar el pago del precio de las mercancías que compren antes de 30 días, contados desde la fecha de entrega. El comprador deberá documentar la entrega y recepción de la mercancía indicando la fecha en que se ha producido. Y el vendedor, deberá indicar en la factura la fecha exacta en que ha de efectuarse el pago, y si existiese una cláusula de reserva de dominio (acordada con anterioridad a la entrega) también deberá quedar constancia en la factura.

En el caso de productos frescos y perecederos, los aplazamientos de pago no podrán nunca sobrepasar los 30 días. Este plazo será de 60 días para el resto de productos de alimentación y gran consumo, que podrá incluso extenderse a los 90 días si ambas partes así lo acuerdan y si dicho exceso de aplazamiento supone una compensación económica para el vendedor.

Si hablamos de productos que no son frescos, ni perecederos, ni de alimentación ni de gran consumo y existe un aplazamiento en el pago que suponga más de 60 días el vendedor deberá recibir un instrumento de pago que lleve aparejada acción cambiaria, es decir, una letra, un cheque o un pagaré. Y en la factura se deberá indicar el vencimiento del instrumento de pago. Si el aplazamiento va más allá de 90 días, la letra, el cheque o el pagaré deberá ser endosable a la orden, es decir, que el vendedor que tenga, por ejemplo, el pagaré podrá endosarlo (darlo) a un tercero para que sea este tercero quien lo cobre. Y si nos vamos más allá de los 120 días de aplazamiento del pago, el vendedor podrá exigir que los instrumentos de pago queden garantizados mediante aval bancario o seguro de crédito o caución.

En cualquiera de todos estos casos, si llegado el vencimiento del pago, éste no se produce automáticamente la deuda empezará a generar intereses de demora, que será el tipo de interés de demora en operaciones comerciales (que ya tratamos en el artículo anterior sobre la Ley de Morosidad) o el que hayan pactado ambos comerciantes, aunque en ningún caso podrá ser inferior al interés legal incrementado en un 50%.

Y con esta pequeña puntualización ya sí que puedo dar por concluida la explicación de la Ley de Morosidad, aunque me gustaría saber si los comerciantes minoristas exigen realmente que se cumplan estos requisitos (plazos de pago, pedir los cheques o pagarés endosables, solicitar avales bancarios, etc.). Así que os animo a que nos contéis vuestras experiencias (Gracias de antemano) y así podremos saber de primera mano la verdadera operativa de los comerciantes, que muchas veces dista mucho de lo que se dice en papel.