Hacienda también baja su interés de demora

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Además del tipo de en operaciones comerciales aplicable en casos de demora en pagos derivados de contratos mercantiles, existe otro : el tipo de a efectos tributarios.

Este tipo de se aplica en las demoras de pagos a la Hacienda Pública y es el tipo de interés legal del dinero (que se publica todos los años en las Leyes de Presupuestos Generales) incrementado en un 25%. En la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2009 el tipo de interés legal del dinero se estableció en el 5,5%, por lo tanto, el tipo de a efectos tributarios se situó en el 7%.

Sin embargo, con la modificación de la Ley Concursal realizada hace unos días se aprovecho para rebajar tanto el tipo de interés legal del dinero como el tipo de a efectos tributarios, rebajándose al 4% y al 5% respectivamente. En la siguiente tabla podéis ver la evolución de los últimos años:

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