El valor razonable de las cosas

El valor razonable es sin duda una de las principales novedades introducidas en el Plan General de Contabilidad 2008 (PGC). El valor razonable forma parte de los criterios de valoración contemplados en el PGC, entendiéndose por valoración el proceso por el que se asigna un valor monetario a cada uno de los elementos integrantes de las cuentas anuales, de acuerdo con lo dispuesto en las normas de valoración relativas a cada uno de ellos. Criterios de valoración hay muchos, aunque aquí explicaremos que el valor razonable, dada su novedad e importancia.

Mediante el criterio del valor razonable se contabilizarán determinadas correcciones valorativas y además también se utilizará para registrar los ajustes de valor por encima del precio de adquisición en algunos elementos patrimoniales, tales como ciertos instrumentos financieros y otros elementos a los que se apliquen las reglas de la contabilidad de coberturas.

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¿Qué es eso de Basilea II?

El Nuevo Acuerdo de Capital de Basilea, de 26 de junio de 2004, conocido comúnmente como Basilea II, pretende la convergencia entre la medición de los riesgos que realizan los organismos supervisores (para determinar los requerimientos de recursos propios) y la medición que realizan las propias entidades de crédito y empresas de servicios de inversión. Es decir, Basilea II es un acuerdo internacional para homogeneizar la legislación y regulación bancaria en materia de riesgo y se basa fundamentalmente en las buenas prácticas de gestión de riesgos de la industria bancaria mundial. Pero Basilea II va más allá de un simple porcentaje mínimo de recursos propios y pretende estimular el desarrollo de unos procedimientos internos de gestión de riesgo adecuados a los riesgos asumidos.
Entre los objetivos de Basilea II destacan:

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¿Qué información puedo encontrar en el Registro de Bienes Muebles?


En el Registro de Bienes Muebles son inscribibles todos los bienes muebles identificables y las garantías impuestas sobre los mismos (reservas de dominio, hipotecas, prendas, arrendamientos, leasing, renting…). Particularmente, este registro está pensado para los vehículos a motor, buques, aeronaves, establecimientos mercantiles, maquinaria industrial y bienes de equipo, hipotecas y prendas sobre los derechos de propiedad industrial e intelectual, condiciones generales de la contratación, casas portátiles, cuadros, etc. e incluye información sobre contratos de venta a plazos, contratos de financiación, arrendamientos financieros, cesiones o novaciones de éstos, resoluciones judiciales o administrativas referidas a contratos inscribibles, cancelaciones de contratos inscritos, adjudicaciones judiciales o administrativas de bienes inscritos, expropiación forzosa de éstos, embargos judiciales o administrativos, etc.

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Los riesgos de los instrumentos financieros


La Circular 4/2004, de 22 de diciembre, del Banco de España a Entidades de Crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada y modelos de estados financieros, define los principales riesgos que pueden derivarse de la utilización de instrumentos financieros dentro de la actividad normal de las entidades de crédito. Obviamente, estos riesgos no son exclusivos de dichas entidades y pueden trasladarse a cualquier empresa.

A continuación indicamos los principales riesgos relacionados con los instrumentos financieros a los que se enfrentan las entidades de crédito:

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Visitar al deudor. Objetivo: Aumentar la productividad mediante otra alternativa

De igual forma que aumenta el número de impagados a gestionar por las Agencias de Recobro, aumenta el número de aquellos deudores para los que aplicar métodos indirectos o administrativos no es efectivo.

Una vez concluidas las primeras gestiones, cartas, llamadas o avisos de acciones judiciales, ¿qué hacemos? Podemos esperar a que: 

  • El deudor tenga un buen día y nos llame para pagar.
  • El deudor se acomode en su posición de incumplimiento.

O bien podemos:

  • Cambiar de negociador por 5ª vez para desmotivar a otro profesional.
  • Devolver el expediente por no disponer de otras alternativas.

La productividad se puede aumentar fácilmente, pero controlando de forma exhaustiva los costes originados y la proporción que representan.

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Registro de la Propiedad: Notas simples vs. Certificaciones


Como hemos visto en un anterior post, la información del Registro de la Propiedad se puede consultar a través de notas simples y de certificaciones, cada una de las cuales contendrá una cierta cantidad de información sobre la finca consultada. En ambos casos, Axesor puede solicitar por usted la información de una forma sencilla, rápida y eficiente. ¿Pero qué información nos proporciona cada una de ellas?

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Los embargos se elevan un 15% en España

Ayer se publicó un informe muy interesante sobre los embargos en España en a lo largo de 2008, y los datos que dicho informe aporta son muy reveladores. El informe “Embargos” se centra en el número de sociedades mercantiles que se han visto afectadas por esta figura jurídica a lo largo del año pasado.
Según los datos que manejados, el número de embargos ha crecido un 15% en 2008, respecto de 2007, pasando de los 116.341 embargos de 2007 a 134.319 embargos en 2008. Si nos vamos un año más atrás, las cifras son aún más espectaculares, puesto que estaríamos hablando de un incremento de casi el 50%, puesto que en 2006 el número de embargos “sólo” era de 90.183.

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La morosidad más alta de la última década

La morosidad en España sigue aumentando mes a mes y ya hemos roto la barrera del 3%, que no se rompía desde noviembre de 1997, cuando se situó en el 3,094%. En noviembre de 2008 la morosidad del conjunto de Entidades de Crédito aumentó hasta el 3,184%, con 59.460 millones de créditos dudosos sobre 1.867.472 millones de euros en créditos concedidos a familias y empresas.
El Banco de España, organismo que recoge estos datos, define los créditos dudosos como aquellos créditos que presenten dudas razonables sobre su reembolso total (principal e intereses) en los términos pactados contractualmente, incluyendo también los créditos morosos, que son aquellos que tienen algún importe vencido, bien del principal, bien de los intereses o gastos pactados contractualmente, con más de tres meses de antigüedad.

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La deuda española es menos segura… pero no tanto

Como nos temíamos hace sólo unos días (veáse el artículo anterior) Standard & Poor’s (S&P) estaba sopesando bajar la calificación crediticia de la deuda española. Y así ha sido. S&P nos ha bajado de AAA a AA+, algo así como bajarnos de Matrícula de Honor a sobresaliente alto.

Visto así, no parece tener mucha importancia, y desde el punto de vista de la gente que tenga Deuda del Estado o que tenga pensado comprarla tampoco la tiene. Es decir, para inversores con poca (o ninguna) experiencia que simplemente busquen un lugar seguro donde invertir su dinero, las Letras del Tesoro y los Bonos y Obligaciones del Estado siguen siendo unos activos seguros, muy seguros.

El problema viene por parte de los inversores internacionales e institucionales (grandes inversores, estados extranjeros, bancos, etc.), que ya no verán la deuda española con los mismos ojos. Evidentemente, nuestros bonos se pagarán a vencimiento igual que se pagarán los bonos de Alemania, Noruega o Dinamarca, todos ellos triple A. Pero dados a elegir, ¿no será mejor elegir un bono que te dá una seguridad del 99,99% frente a uno que da el 95%? Por tanto, aquellos inversores que tengan acceso a bonos de calificación AAA, se decantarán por estos bonos, aunque en la práctica se vayan a cobrar igual que un bono AA+.

Las implicaciones reales que tendrá esta bajada será menos inversión extranjera, lo que se traduce en menos recursos para España, lo cual dificultará un poco más la recuperación económica y financiera de España. 

Pero (repito) si tiene invertido dinero en Deuda del Estado o tenía pensado invertir, no se preocupe, puede seguir haciéndolo sin preocuparse.

Todo lo que debes saber del Registro de la Propiedad

La información contenida en el Registro de la Propiedad es pública, si bien, para acceder a ella hay que acreditar que se tiene un interés legítimo, que deberá evaluar y aprobar el registrador, y siempre con sujeción a legislación de protección de datos.

Como en los Registros Mercantiles y de Bienes Muebles, el contenido de los libros del Registro de la Propiedad se hace público a través de la expedición por el registrador de notas simples y certificaciones.

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Descubre cómo y qué información obtener del Registro Mercantil

Toda la información contenida en el Registro Mercantil es pública, tal y como queda recogida en la legislación mercantil e hipotecaria y sobre la protección de datos. Cualquier persona puede solicitar información sobre cualquier empresa, tenga relación o no con ella. Es decir, la simple curiosidad es suficiente para consultar los datos de una empresa.

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El tejido empresarial español se desintegra

Con los datos de noviembre publicados y a falta solamente de los datos de diciembre, que se publicarán en febrero, ya podemos adelantar lo que será el resumen de 2008 sobre la creación y destrucción de empresas en España.
Fijándonos en la tabla que reproducimos (datos sacados del INE) podemos sacar dos conclusiones claras, que se agudizan más si volvemos la vista atrás unos cuantos años más:

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